¿Qué empleados desgravan en su contratación?

Esta pregunta es común en los emprendedores que han decidido dar el salto al mundo profesional y comenzar a contratar trabajadores. Si bien limitarse a contratar empleados con ventajas tampoco es una manera de organizar una empresa, sí que hay que tener en cuenta ciertas posibles contrataciones beneficiosas.

El beneficio por contratar a cada una de las personas de estos sectores no es siempre el mismo, variando de forma más que notable entre un grupo y otro.

Por ello es importante solicitar información completa si nos interesa contratar a una persona que esté englobada en uno de estos grupos que os resumimos a continuación.

  • Parados de larga duración: Una persona que está inscrita en el paro desde hace 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.
  • Maternidad: Mujeres que se encuentren en los dos años posteriores a la excedencia o suspenso de trabajo debido a maternidad
  • Maltrato: Personas maltratadas, tanto por maltrato de género como por violencia doméstica
  • Extranjero: Los trabajadores que están fuera del país y que cobran con facturas
  • Discapacitados: Trabajadores con discapacidad de al menos el 33% o pensión de incapacidad
  • Servicio doméstico y niñeras: Personas que cuiden niños de menos de 4 años o se dediquen al servicio doméstico
  • Primer asalariado: El primer empleado que contrate un autónomo y que esté inscrito en el paro
  • Cargas: Trabajadores de otra empresa o en paro para contrato parcial debido a tener hijos a su cargo
  • Menores de 30 años
  • Mayores de 60 años
  • Parados a partir de 45 años
  • Mayores de 65 años

Vía | Emprendedores

Escrito por Ieyasu | 6 de abril de 2011 | 0 comentarios
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